Publicado: 02/10/2020
Categoría: Blog / Uncategorized

El certificado o acta de cese de convivencia es un hecho que sirve de antecedente para demandar eventualmente de divorcio. Da certeza de la fecha de término de la vida en común y se debe hacer de la siguiente forma:
1-. En el Registro Civil, con tu Cédula de Identidad vigente debes solicitar un certificado o acta de cese de convivencia indicando la dirección de ambos cónyuges.
2-. El trámite se puede hacer de manera unilateral (vas tu solamente a dejar registro) o de mutuo acuerdo (ambas partes se manifiestan)
3-. Si el cese lo solicitaste de manera unilateral, deberás acercarte a tribunales de familia y pedir (con el documento) que se notifique al otro cónyuge. Tribunales deberá enviar a un receptor judicial para este efecto.
4-. Para el cese unilateral, la fecha precisa del cese de la convivencia será el día en que se notifique al otro cónyuge.
Si el cese de convivencia fue hecho de mutuo acuerdo, entonces la fecha en la que se inscribe el cese es la fecha precisa del trámite.

En la eventualidad de solicitar el divorcio, para el divorcio de común acuerdo debe transcurrir un mínimo de un año desde la fecha del cese de convivencia. Para el divorcio unilateral, el tiempo transcurrido desde el cese debe ser de a lo menos 3 años.

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